17/02/2022

Abierto Plazo Convocatoria Personal Servicios Auxiliares DGA

68 plazas, personal laboral. Fechas de inscripción del 1 de Febrero al 8 de abril. Incluye bolsa de empleo
Abierto Plazo Convocatoria Personal Servicios Auxiliares DGA

RESOLUCIÓN de 23 de diciembre de 2021, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso como personal laboral fjo de la categoría profesional de Personal de Servicios Auxiliares de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.


En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 214/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Pública para 2018 en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 246, de 21 de diciembre de 2018) en el Decreto 240/2019, de 27 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Pública para 2019 en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 252, de 30 de diciembre) y en el Decreto 131/2020, de 23 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Pública para 2020 en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 256, de 29 de diciembre). De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto de 5 de agosto de 2019, del Presidente del Gobierno de Aragón, por el que se modifca la organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y se asignan competencias a los Departamentos, y con el fn de atender las necesidades de personal de esta Administración, se convocan pruebas selectivas con sujeción a las siguientes bases:


1. Normas generales.


1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 68 plazas para el ingreso como personal laboral fjo en la categoría profesional de Personal de Servicios Auxiliares, en el ámbito de Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón de las que 5 corresponden a la Oferta de Empleo Público de 2018, 19 a la Oferta de Empleo Público de 2019 y 44 a la Oferta de Empleo Público de 2020.
De estas plazas, se reserva 1 plaza de la Oferta de 2020 para ser cubiertas por personas víctimas de violencia de género que se encuentren incluidas en el ámbito de aplicación del artículo 50.2 de la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón y se reservan 2 plazas de la Oferta de 2020 para ser cubierta por personas transexuales incluidas en el ámbito de aplicación del artículo 27.3 de la Ley 4/2018, de 19 de abril, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón. En el supuesto de que algunas de las plazas reservadas queden vacantes se acumularán a las restantes del turno libre.


1.2. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de personas aspirantes superior al de las plazas convocadas, y ello sin perjuicio de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 61.8 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.


1.3. El sistema de selección de las personas aspirantes será el de oposición, seguido de un curso de formación. La oposición consistirá en la realización de dos ejercicios de carácter eliminatorio. La realización de los dos ejercicios es obligatoria para superar el proceso selectivo.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que fgura como anexo I a esta convocatoria.


1.5. Los ejercicios de la oposición tendrán lugar a partir de los tres meses siguientes a la publicación de esta convocatoria

1.6. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se fija como medio de comunicación de las publicaciones que se deriven de los actos integrantes del procedimiento selectivo, la exposición en los tablones de anuncios de las Ofcinas del Servicio de Información y Documentación Administrativa del Gobierno de Aragón (ubicación disponible en la siguiente página web www.aragon.es/tramites/ofcinas-de-informacion). Asimismo, toda la información del proceso selectivo estará disponible en la página web www.aragon.es/oposiciones.


2. Requisitos de las personas aspirantes.


2.1. Para ser admitidas a la realización de estas pruebas selectivas las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:


a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de losnacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratifcados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 del Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre o ser extranjero con residencia legal en España.


b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas del Cuerpo al que se aspira.

c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.


d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleados o cargos públicos por resolución judicial para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.


e) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, título de Técnico o equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o credencial que acredite su homologación.


f) En caso de optar por las plazas reservadas a mujeres víctimas de violencia de género, deberá acreditarse tal condición en la forma establecida en el artículo 23 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.


g) En caso de optar por las plazas reservada a personas transexuales, deberá acreditarse tal condición mediante declaración jurada notarial en la que se identifquen con un género diferente al que se les asignó al nacer, o documentación justifcativa de la incoación ante el Registro Civil del cambio de nombre, para la asignación de uno correspondiente al sexo diferente del resultante de la inscripción de nacimiento.


h) Haber abonado la correspondiente tasa a que hace mención la base 3.5.


2.2. Todos los requisitos enumerados en esta base deberán poseerse en el día de fnalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse en el momento de la formalización del contrato de trabajo.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud, según el modelo 524 aprobado por Orden de 19 de agosto de 2003 (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 109, de 8 de septiembre). La solicitud será obligatoriamente cumplimentada accediendo a la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón según lo previsto en la base 3.5.a) y de acuerdo con las instrucciones que pueden consultarse en la página web www.aragon.es/oposiciones. El uso del modelo específco de solicitud generado electrónicamente será obligatorio de acuerdo con el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


3.2. Las personas aspirantes con discapacidad podrán hacerlo constar en el espacio correspondiente de la solicitud, indicando, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria, siempre que no quede desvirtuado el contenido de las pruebas, ni implique reducción ni menoscabo del nivel de sufciencia exigible.


3.3. La presentación de solicitudes se realizará por vía telemática (https://www.aragon.es/ tramites), de conformidad con lo dispuesto en la Orden HAP/345/2021, de 31 de marzo, por la que se establece la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos
para el ingreso o acceso a los cuerpos, escalas y categorías profesionales de personal funcionario o laboral cuya selección corresponde al Instituto Aragonés de Administración Pública (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 81, de 15 de abril de 2021) de acuerdo con lo especifcado a continuación:

a) La solicitud debe presentarse ante el Registro Telemático de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, una vez cumplimentado el modelo 524 citado en el apartado 1, siguiendo las instrucciones que se indiquen, y siendo requisito necesario identifcarse y frmar electrónicamente. Para ello deberán disponer de un certificado electrónico en vigor o, alternativamente, cl@ave permanente (habilitada para firmar con cl@ve firma). La presentación de solicitudes conlleva obligatoriamente el pago telemático de la tasa de derechos de examen a que se refere el apartado 5. La documentación acreditativa de la exención de pago se adjuntará telemáticamente como documento pdf.


b) Las personas aspirantes podrán manifestar en su solicitud la opción de realizar el primer ejercicio de la fase de oposición en una de estas tres localidades: Zaragoza, Huesca o Teruel.


3.4. Las solicitudes podrán ser presentadas desde el día 1 de febrero hasta el día 8 de abril de 2022, inclusive. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.


3.5. La Tasa por derechos de examen será de 8,51 euros, cuyo pago se realizará telemáticamente según lo expresado en el apartado 3.a) de esta base. La falta de pago de la tasa no será subsanable.


3.6. Estarán exentas del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas que hayan obtenido el reconocimiento como víctimas por actos de terrorismo, sus cónyuges o parejas de hecho y sus hijos, conforme a la normativa vigente que les sea de aplicación.
b) Las personas desempleadas que fguren inscritas como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de los seis meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria de la prueba selectiva.
c) Las personas que acrediten que no han tenido ningún ingreso durante el período señalado en el apartado anterior, o cuyos ingresos no superen el salario mínimo interprofesional. Las circunstancias señaladas deberán ser debidamente acreditadas con la presentación de la instancia para tomar parte en las pruebas selectivas. En el supuesto previsto en el apartado b), deberá aportarse informe de periodo ininterrumpido inscrito en situación de desempleo expedido por el Instituto Aragonés de Empleo (puede obtenerse online a través de la Oficina Electrónica de su página web www.inaem.aragon.es) o documento acreditativo equivalente expedido por el Servicio Público de Empleo competente.


3.7. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley 5/2006, de 22 de junio, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón, únicamente procederá devolución del importe de la tasa en los siguientes supuestos:


a) Cuando no se hubieran prestado, o se hubieran prestado de forma notoriamente defciente, por causa imputable a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, los servicios y actuaciones administrativas relativos a la admisión o exclusión de las personas aspirantes en los correspondientes procesos selectivos.


b) Cuando se hubiera presentado la solicitud de admisión fuera del plazo previsto en esta convocatoria.


c) Cuando los ingresos se declaren indebidos por resolución administrativa o sentencia judicial firmes. De conformidad con lo dispuesto en la Orden HAP/345/2021, de 31 de marzo, por la que se establece la obligatoriedad de la inscripción electrónica en los procesos selectivos para el ingreso o acceso a los cuerpos, escalas y categorías profesionales de personal funcionario o laboral cuya selección corresponde al Instituto Aragonés de Administración Pública (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 81, de 15 de abril de 2021), la presentación de solicitud de devolución de tasa se realizará de forma telemática a través del trámite “devolución tasa 524” en la siguiente dirección web https://www.aragon.es/tramites


3.8. También procederá la devolución de la tasa a favor de quienes lo soliciten por haber superado el proceso selectivo para el ingreso como personal laboral fjo de la categoría profesional de Personal Especializado de Servicios Domésticos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón convocado mediante Resolución del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios de fecha 24 de mayo de 2021 (“Boletín Oficial de Aragón”, número 115, de 28 de mayo de 2021).

4. Admisión de personas aspirantes.


4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios dictará Resolución, que se publicará en el “Boletín Oficialde Aragón”, por la que se aprueba la relación provisional de personas aspirantes admitidas y, en su caso, excluidas, indicando las causas de exclusión.


4.2. Las personas aspirantes excluidas, o que no fguren en las listas habiendo presentado solicitud, dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. Asimismo, quienes hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales podrán manifestarlo en ese mismo plazo. Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o no aleguen la omisión, justifcando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán defnitivamente excluidas de la realización de las pruebas.


4.3. La Resolución conteniendo las listas defnitivas de personas admitidas y excluidas se publicará en el “Boletín Ofcial de Aragón”. En dicha Resolución se señalará lugar y fecha defnitiva del primer ejercicio. La admisión defnitiva lo es sin perjuicio de la obligación de las personas aspirantes que superen el proceso selectivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos de admisión exigidos en la convocatoria.


5. Tribunal calificador.


5.1. La composición del Tribunal se determinará mediante Resolución del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios y se publicará en el “Boletín Ofcial de Aragón”. Cualquier modifcación posterior de la composición del Tribunal califcador se publicará en el “Boletín Ofcial de Aragón”. A efectos de comunicación y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Instituto Aragonés de Administración Pública (Paseo M.ª Agustín, 26 B- 50004 Zaragoza).


5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de personas aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Asimismo, las personas candidatas podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando entiendan que se dan dichas circunstancias, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la citada Ley.


5.3. El Presidente del Tribunal coordinará la realización de las pruebas y dirimirá los posibles empates en las votaciones con voto de calidad. El Secretario del Tribunal tendrá voz y voto.

5.4. El Tribunal resolverá todas las cuestiones derivadas de la aplicación de las bases de esta convocatoria durante el desarrollo de las pruebas selectivas.


5.5. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en los artículos 15 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 23 y siguientes de la Ley 5/2021, de 29 de junio, de Organización y Régimen Jurídico del Sector Público Autonómico de Aragón.


6. Estructura de las pruebas selectivas. Se estará a lo dispuesto en la base segunda y en el anexo II de la Resolución de 13 de abril de 2021, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón para el acceso como personal laboral (“Boletín Ofcial de Aragón”, número 87, de 22 de abril de 2021). El ejercicio práctico tendrá una duración máxima de 2 horas.


7. Desarrollo de los ejercicios.
7.1. La fecha defnitiva de realización del primer ejercicio se determinará en la Resolución a que alude la base 4.3, sin perjuicio de que pueda publicitarse a efectos informativos a través de los medios a que alude la base 1.6, con carácter previo a la publicación de dicha Resolución. La fecha de los sucesivos ejercicios se hará pública a través de los medios señalados en la base 1.6.


7.2. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.


7.3. Las personas candidatas serán convocadas en llamamiento único, y serán excluidas de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, debidamente justifcados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal.

Os dejamos el archivo completo por aquí abajo, para que podáis leer como serán las calificaciones, la documentación a entregar....

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