Convocatoria 8 plazas TSEI y enlace a Bases
NOTA IMPORTANTE:
Tiene que salir publicada en el BOE la orden para que se habrá el plazo de inscripción. Son 20 días naturales a partir de su publicación en el BOE.
La señora vicepresidenta del Patronato de Educación y Bibliotecas, en fecha 23 de diciembre de 2022, ha adoptado la siguiente resolución:
PRIMERO. Aprobar las bases específicas y convocatoria de procesos selectivos para la provisión de plazas/puestos de trabajo del Patronato Municipal de Educación y Bibliotecas integrados en el grupo/subgrupo C1, mediante ingreso por el turno libre de estabilización de empleo temporal y el sistema selectivo de concurso-oposición:
—8 plazas/puestos de técnica/o de educación infantil.
—3 plazas/puestos de monitora/or
SEGUNDO. Ordenar la publicación de las presentes bases en el BOPZ con carácter de urgencia, así como un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Asimismo, ordenar su publicación en el tablón y web del Patronato Municipal de Educación y Bibliotecas: https://www.zaragoza.es/ciudad/oferta/organismos-dependientes/patronato-educacion-bibliotecas.htm
El presente acto es definitivo y pone fin a la vía administrativa.
Contra el mismo puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Zaragoza, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 8,1 de la ley 29/98, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, modificada por la Ley Órganica 19/2003, de 23 de diciembre, diposición adicional decimocuarta, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, conforme el art. 46 del mismo texto legal.
Previamente podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado este acto, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 123, y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que el acto llegara a ser firme en vía administrativa se podría interponer un recurso extraordinario de revisión ante el órgano que ha dictado el acto, en los supuestos de que concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 125 de la Ley 39/2015 citada, dentro de los plazos establecidos en el mismo.
Asimismo podrá ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso o acciones que estime pertinente.
I. C. de Zaragoza, a 27 de diciembre de 2022. — El jefe de la Unidad Jurídica del Servicio Administrativo de Acción Social y Familia, Pedro Miguel Campaña, P.D. de fecha 3 de julio de 2020 del secretario del Patronato de Educación y Bibliotecas.