05/01/2023

Convocatoria Cuerpo de profesores Educación Física Secundaria

Convocatoria Cuerpo de profesores Educación Física Secundaria, ORDEN ECD/1899/2022, de 20 de diciembre, por la que se convoca procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público
Convocatoria Cuerpo de profesores Educación Física Secundaria

ORDEN ECD/1899/2022, de 20 de diciembre, por la que se convoca procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas y Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público.

La Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, procedente del Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, establece en su artículo 2.3 el objetivo de que la tasa de cobertura temporal en el sector público se sitúe por debajo del ocho por ciento de las plazas estructurales en el conjunto de la Administraciones Públicas españolas. La consecución de dicho objetivo, en consonancia con la Directiva 1999/70 CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el contrato de duración determinada, se articula en torno a la actuación en distintos ámbitos, como son la adopción de medidas encaminadas a remediar la elevada temporalidad existente, la prevención y sanción del abuso en la temporalidad a futuro así como la potenciación de la adopción de herramientas y una cultura de la planifcación para una mejor gestión de los recursos humanos.
Entre las medidas incluidas en esta Ley encaminadas a reducir la temporalidad en el empleo público, se encuentra la autorización en su artículo 2.1 de una nueva tasa de estabilización que, adicionalmente a lo establecido en los artículos 19.Uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y 19.Uno.9 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, debe incluir aquellas plazas de naturaleza estructural que, estando dotadas presupuestariamente, hayan estado ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2020.
La disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dispone que son bases de régimen estatutario de los funcionarios públicos docentes las reguladas, entre otras, por la propia ley para el ingreso en la función pública docente y encomienda al gobierno su desarrollo reglamentario en aquellos aspectos que sean necesarios para garantizar el marco común básico de la función pública docente. En desarrollo de lo establecido en la citada Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, ha sido dictado el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refere la precitada Ley Orgánica y se regula el régimen transitorio de ingreso a que hace referencia su disposición transitoria decimoséptima.
Por Real Decreto 270/2022, de 12 de abril, se modifca el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, añadiendo una disposición transitoria cuarta que regula los procedimientos selectivos de ingreso que se convoquen para la ejecución de la estabilización de plazas ocupadas temporalmente previstas en el artículo 2 de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.

El Decreto 76/2022, de 26 de mayo, del Gobierno de Aragón, aprobó la oferta adicional de empleo público para el año 2022 de personal docente no universitario para los procesos de estabilización de empleo temporal en la Comunidad Autónoma de Aragón, correspondiente a
la Ley 20/2021, de 28 de diciembre.
De conformidad con lo expuesto, este Departamento, en uso de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 108/2020, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte y el Decreto 208/1999, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se distribuyen las competencias en materia de personal entre los diferentes órganos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, acuerda convocar los procedimientos selectivos de ingreso a plazas en los cuerpos de profesores de enseñanza secundaria, profesores de escuelas ofciales de idiomas y profesores especialistas en sectores singulares de formación profesional, con arreglo a las bases que se indican a continuación.

PROCEDIMIENTO DE INGRESO A LOS CUERPOS DOCENTES

1. Normas generales.
1.1. Plazas convocadas.
Se convoca procedimiento selectivo extraordinario para la estabilización del empleo docente a través del sistema selectivo de ingreso mediante concurso oposición, para cubrir 388 plazas de los cuerpos docentes, con arreglo a la distribución señalada en el anexo I.

Las plazas reservadas para ser cubiertas por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad se ofertan conforme a lo dispuesto en los artículos 27.2 y 27.3 de la Ley 5/2019, de 21 de marzo, de derechos y garantías de las personas con discapacidad en Aragón, resultantes de aplicar el porcentaje del ocho por ciento del total de plazas ofertadas, siendo de aplicación los índices de redondeo por enteros atendiendo al primer decimal. De no ser cubiertas se acumularán a posteriores ofertas hasta un límite del ocho por ciento, acumulándose el resto a las de acceso libre.
El número de plazas reservadas para ser cubiertas por quienes se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2008, de 17 de junio, de medidas a favor de las Víctimas del Terrorismo, es resultante de aplicar el porcentaje del uno por ciento del total de plazas ofertadas, siendo de aplicación los índices de redondeo por enteros atendiendo al primer decimal. De no ser cubiertas se acumularán a las de acceso libre.
El número de plazas reservadas para ser cubiertas por quienes se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 4/2018, de 19 de abril, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón, es resultante de aplicar el porcentaje del uno por ciento del total de plazas ofertadas, siendo de aplicación los índices de redondeo por enteros atendiendo al primer decimal. De acuerdo con el artículo de 27.3 la citada Ley, el cupo de reserva del uno por ciento irá destinado para ser cubierto por personas transexuales. De no ser cubiertas se acumularán a las de acceso libre.
El número de plazas reservadas para ser cubiertas por quienes se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en Aragón, es resultante de aplicar el porcentaje del dos por ciento de
total de plazas ofertadas, siendo de aplicación los índices de redondeo por enteros atendiendo al primer decimal. De acuerdo con el artículo 50.2 de la citada Ley, se reservará un dos por ciento para mujeres víctimas de violencia. De no ser cubiertas se acumularán a las de
acceso libre.
De conformidad con el artículo 3 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, si se presentasen aspirantes por el turno de reserva de discapacidad y superasen los ejercicios correspondientes, pero no obtuviesen plaza y su puntuación fuera superior a la obtenida por el resto de aspirantes del sistema de acceso libre, se les incluirá por su orden de puntuación en dicho sistema de acceso.
1.2. Lugar de celebración de las partes de la prueba de oposición.

El acto de presentación, la realización de la parte A y, en las especialidades que proceda, la realización de la de la parte B.2) tendrá lugar en las localidades que se indican a continuación:
- Huesca: Lengua; Geografía e Historia; Tecnología.
- Binéfar (Huesca): Informática.
- Teruel: Biología y Geología; Economía; Administración de Empresas; Procesos de Gestión Administrativa.
- Alcañiz (Teruel): Inglés.
- Zaragoza: Dibujo; Música; Educación Física; Orientación Educativa; Hostelería y Turismo; Intervención Sociocomunitaria; Procesos de Producción Agraria; Operaciones de Producción Agraria; Procedimientos Sanitarios y Asistenciales; Servicios a la Comunidad; Cocina y Pastelería; Mantenimiento de Vehículos; Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas.
La realización de la parte B.1) se desarrollará en las mismas localidades que las indicadas anteriormente, excepto para las siguientes especialidades, que pasarán a las localidades que se indican:
- Huesca: Informática.
- Teruel: Inglés.
No obstante, en función del número de participantes o de otras razones organizativas, la Dirección General de Personal podrá, mediante Resolución, modifcar la distribución de especialidades en cada localidad de examen o, en su caso, determinar la realización de las partes
colectivas en una localidad diferente en función de la disponibilidad de espacios. 

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