Estructura de las pruebas selectivas

Se estará a lo dispuesto en el apartado 1.2 “Convocatorias del Grupo A2”, subapartado 1.1.1 “supuestos generales” de la Resolución, de 30 de junio de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se establecen las bases que regirán las convocatorias de los procedimientos selectivos de las ofertas de empleo público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón para puestos de funcionario (““Boletín Ofcial de Aragón””, número 139, de 15 de julio), modifcada por Resolución, de 28 de diciembre de 2020, del Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios (““Boletín Ofcial de Aragón””, número 6, de 12 de enero de 2021).

7. Desarrollo de los ejercicios.

7.1. La fecha defnitiva de realización del primer ejercicio se determinará en la Resolución a que alude la base 4.3. La fecha de los sucesivos ejercicios se hará pública a través de los medios señalados en la base 1.6.

7.2. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad.

7.3. Las personas candidatas serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, y serán excluidos de las pruebas selectivas quienes no comparezcan, salvo los casos de fuerza mayor, debidamente justifcados y discrecionalmente apreciados por el Tribunal. En atención a las medidas sanitarias adoptadas como consecuencia de la COVID-19, en el desarrollo de los procesos selectivos se estará a lo dispuesto en la Resolución, de 21 de octubre de 2020, del Director General de Función Pública y Calidad de los Servicios, por la que se aprueba el protocolo para prevenir contagios por COVID-19 durante la realización de los ejercicios de oposición convocados por esta Dirección General, modifcada por Resoluciones de 28 de diciembre de 2020 (““Boletín Ofcial de Aragón””, número 6, de 12 de enero de 2021) y de 26 de abril de 2021 (““Boletín Ofcial de Aragón””, número 92, de 29 de abril.

7.4. La presentación de alegaciones relativas al contenido de las pruebas, sólo se admitirán en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el día siguiente a la fecha de realización del ejercicio.

7.5. La presentación de solicitudes relativas a la revisión de exámenes realizados, sólo se admitirán en el plazo de tres días hábiles, a contar desde el siguiente a que se publiquen las califcaciones del correspondiente ejercicio.

7.6. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, deberá proponer su exclusión al Director General de la Función Pública y Calidad de los Servicios, quien resolverá, previa audiencia de la persona interesada.

7.7. El incumplimiento de cualquier aspirante de las bases de la convocatoria o de las instrucciones dadas por el Tribunal para el desarrollo de cualquiera de los ejercicios podrá comportar la anulación del ejercicio correspondiente de dicha persona aspirante mediante Acuerdo del Tribunal adoptado al efecto.