09/05/2024

OPOSICIONES CUERPO DE MAESTROS 2024

COMPOSICIÓN TRIBUNALES
OPOSICIONES CUERPO DE MAESTROS 2024

RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2024, del Director General de Personal, Formación e Innovación, por la que se determina la composición de los Tribunales correspondientes al procedimiento selectivo de ingreso y acceso al Cuerpo de Maestros, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por el funcionariado del citado Cuerpo convocado por Orden ECU/117/2024, de 30 de enero.
En cumplimiento de lo establecido en la base 5 de la Orden ECU/117/2024, de 30 de enero
(“Boletín Oficial de Aragón”, número 27, de 7 de febrero de 2024), por la que se convoca procedimiento selectivo de ingreso y acceso al Cuerpo de Maestros, así como procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por el funcionariado del citado Cuerpo, esta Dirección General ha dispuesto:
Primero.— Hacer pública la composición de los tribunales que figuran relacionados por especialidades en el anexo I, ante los cuales ha de actuar el personal aspirante admitido al procedimiento selectivo convocado por Orden ECU/117/2024, de 30 de enero.

Segundo.— Aquellos miembros de los órganos de selección que se hallen incursos en alguna de las causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, deberán abstenerse de intervenir, notificándolo, con la
debida justificación documental, a la Dirección General de Personal, Formación e Innovación. Asimismo, el personal aspirante podrá recusar a los miembros del tribunal o de la comisión de selección cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la misma Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. 

Tercero.— De conformidad con lo dispuesto en la base 5.3 de la Orden de la convocatoria,en las especialidades en las que se ha nombrado más de un tribunal, se constituirán comi-siones de selección para cada una de éstas. Estas comisiones estarán formadas por los presidentes/as de los tribunales de la especialidad en número no inferior a cinco. En el casode que el número de presidentes/as fuera menor a dicha cifra, se completarán con vocales de
dichos tribunales. Actuará como presidente/a de esta comisión, en todo caso, el/la presidente/a del tribunal número 1, y como secretario/a, el personal funcionario con menor antigüedad en el cuerpo de entre todos los miembros que formen parte de la comisión, salvo que, por parte
de ésta, se determine de otra manera.

Cuarto.— Los/as presidentes/as deberán adoptar las medidas necesarias para la constitución de los tribunales antes del día 31 de mayo de 2024, dando cuenta de ello a la Dirección General de Personal, Formación e Innovación y remitiendo copia del acta de constitución. Los tribunales y comisiones de selección no podrán constituirse ni actuar sin la asistencia del/de la presidente/a y el/la secretario/a y la de la mitad, al menos, de sus miembros.

Quinto.— De conformidad con lo dispuesto en la base 6 de la Orden de la convocatoria,
hacer pública la composición del tribunal que valorará la prueba de castellano, figurando rela-
cionado en el anexo II.

Sexto.— Quedan autorizados los desplazamientos de los miembros de los tribunales que necesiten desplazarse de su domicilio habitual para el ejercicio de tal función, teniendo derecho al percibo de las indemnizaciones que corresponda, de acuerdo con lo que dispone el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo. Dichas indemnizaciones serán autorizadas para el caso de los vocales, por sus respectivos/as presidentes/as de los tribunales, y para éstos/as
últimos/as serán autorizadas por los/as Directores/as de los Servicios Provinciales donde radiquen los tribunales.Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interpone recurso de alzada en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación, de confor-
midad con lo dispuesto en los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los recursos administrativos se dirigirán a la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades presentándose electrónicamente a través del Servicio digital Interposición de recursos ante la Administración disponible en https://www.aragon.es/tramites/interponer-recursos-ante-la-administracion.
También podrán presentarse electrónicamente en cualquiera de los registros electrónicos indicados en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

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