Plaza de Educador/a Infantil, C1 de personal laboral del Ayuntamiento de Alcorisa. Concurso – oposición.
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN LA CONVOCATORIA DEL PROCESO SELECTIVO MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN CORRESPONDIENTE A 1 PLAZA DE EDUCADOR/A INFANTIL, PERSONAL LABORAL A JORNADA PARCIAL, DEL AYUNTAMIENTO DE ALCORISA.
Primera.- Objeto.
Es objeto de las presentes bases regular el proceso selectivo para proveer en propiedad 1 plaza de Educador/a Infantil, C1 de personal laboral el Ayuntamiento de Alcorisa mediante proceso de estabilización del empleo público, de acuerdo con los preceptos establecidos en las bases generales reguladoras de estos procesos, en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público y en el resto de normativa de aplicación, incluida en la Oferta de Empleo Público Extraordinaria del año 2022, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia núm. 97 de fecha 24 de mayo de 2022.
Descripción de plaza:
Denominación: Educador/a Infantil.
Relación jurídica: Personal laboral.
Grupo: C1.
Segunda.- Requisitos generales de participación.
Con el fin de ser admitida en el proceso selectivo, la persona aspirante debe reunir, en la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes de participación, y mantenerse hasta la fecha de contratación, los requisitos en términos previstos en las bases generales reguladoras de los procesos de estabilización del empleo público del Ayuntamiento de Alcorisa.
Tercera.- Requisitos específicos de participación.
Además de las condiciones generales, las personas aspirantes tendrán que cumplir los siguientes requisitos:
Titulación: estar en posesión o en condiciones de obtener el Título de Técnico Superior en Educación Infantil (Formación Profesional de Grado Superior, Familia Profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad), o el Título de Técnico Especialista en Jardines de Infancia (Formación Profesional de Segundo Grado, Rama Servicios a la Comunidad) o el Título de Técnico Especialista Educador Infantil o equivalentes según establecen la normativa y directivas comunitarias, o aquellos otros homologados equiparables al anterior por disposición normativa.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero será necesario que previamente haya sido concedida la correspondiente homologación.
Disponer de la Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
Cuarta.- Presentación de solicitudes.
4.1 Las personas interesadas en tomar parte en la convocatoria tendrán que hacerlo constar mediante el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas del Ayuntamiento de Alcorisa, puesto a disposición en los términos que establezcan las bases generales. Las instancias se dirigirán al Presidente de la Corporación y se presentarán de acuerdo con dichas bases. 4.2 Para ser admitido las personas aspirantes manifestarán en sus solicitudes de participación que reúnen las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha señalada, debiendo ir acompañadas de la documentación establecida en las bases generales.
Documentación específica:
Título de Técnico Superior en Educación Infantil (Formación Profesional de Grado Superior, Familia Profesional Servicios Socioculturales y a la Comunidad), o el Título de Técnico Especialista en Jardines de Infancia (Formación Profesional de Segundo Grado, Rama Servicios a la Comunidad) o el Título de Técnico Especialista Educador Infantil o equivalentes o justificante de haber abonado la tasa por los derechos para su expedición junto con el certificado acreditativo de haber finalizado los estudios correspondientes.
Las personas aspirantes con discapacidad que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud identificando el tipo o tipos de adaptaciones pretendidas, deberán adjuntar copia del certificado médico acreditativo de la necesidad de la/s adaptación/es solicitada/s. Aportación del Certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
Quinta.- Admisión de aspirantes.
Habrá que estar a lo dispuesto en las bases generales reguladoras de los procesos de estabilización del empleo público y en la normativa de aplicación.