04/01/2023

Plaza de OP. TEI. Cuarte de Huerva

Plaza de OP. TEI. Cuarte de Huerva

ACUERDO de 23 de noviembre de 2022, de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Cuarte de Huerva, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, mediante concurso-oposición, de una plaza de Técnico Superior en Educación Infantil de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento.
Bases de la convocatoria para proveer, mediante concurso-oposición, una plaza de Técnico Superior en Educación Infantil de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Cuarte de Huerva.

Primera.— Objeto de la convocatoria.

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión de una plaza de Técnico Superior en Educación Infantil de la plantilla de personal laboral del Ayuntamiento de Cuarte de Huerva, mediante el procedimiento de concurso-oposición, de conformidad con la oferta de empleo público para estabilización de empleo temporal, año 2022, aprobada por decreto de Alcaldía 436/2022, de 18 de mayo de 2022, y publicada en el “Boletín Ofcial de la Provincia de Zaragoza”, número 114, de 23 de mayo de 2022, y en el “Boletín Ofcial de Aragón”, número 101, de 27 de mayo de 2022.
La plaza está dotada con el sueldo correspondiente al subgrupo C1, complemento de destino nivel 15, complemento específco de 7.497 euros para el año 2022 y demás retribuciones que legalmente correspondan.
2. Las funciones encomendadas al Técnico Superior en Educación Infantil serán las incluidas en el correspondiente puesto de trabajo en la vigente Relación de Puestos de Trabajo.

Segunda.— Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o estar incluido entre los extranjeros a los que se refere el artículo 57 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre (en adelante, TREBEP).
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la plaza.
c) Haber cumplido los 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título de Técnico Superior en Educación Infantil o Técnico Especialista en Jardín de Infancia, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que fnalice el plazo de presentación de instancias. Se admitirá también al personal habilitado al amparo de la Orden de 11 de enero de 1996, del Ministerio de Educación y Ciencia, por la que se homologan cursos de especialización para el profesorado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial y del primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria y de habilitación para los profesionales del primer ciclo de Educación Infantil y al personal acreditado al amparo de la Resolución de 11 de noviembre de 1994, de la Secretaria de Estado de Educación del citado Ministerio, sobre titulaciones mínimas de los profesores de centros docentes creados a instancia de Corporaciones Locales y Comunidades Autónomas que no se hallen en pleno ejercicio de sus competencias en materia de educación. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación y de la traducción jurada del título.
Los requisitos deberán reunirse el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse en el momento de tomar posesión de la plaza.

Tercera.— Instancias.

1. En las instancias solicitando tomar parte en esta convocatoria, que se presentarán conforme al modelo que fgura en el anexo I de las presentes bases, los aspirantes deberán manifestar que reúnen, a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias, todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria. La presentación de la instancia supone la aceptación íntegra de las presentes bases por los aspirantes.2. Las instancias se dirigirán al Alcalde del Ayuntamiento de Cuarte de Huerva y se presentarán en el registro de entrada del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC).
3. El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el “Boletín Ofcial del Estado”, anuncio que se publicará con posterioridad a la publicación de las bases íntegras en el “Boletín Ofcial de Aragón” y en el “Boletín Ofcial de la Provincia de Zaragoza” (BOPZ).
4. A la instancia se acompañará:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad.
b) Fotocopia de la titulación exigida, incluyendo, en su caso, fotocopia compulsada de la credencial de homologación y traducción jurada.
c) Relación frmada de los méritos alegados para la fase de concurso. La documentación justifcativa de los méritos solo deberá ser presentada por los aspirantes que superen la fase de oposición.
d) Justifcante del ingreso de la tasa por derechos de examen, por importe de 15 euros, salvo los desempleados y los perceptores del Ingreso Aragonés de Inserción, de conformidad con lo establecido en la Ordenanza fscal número 18, reguladora de la tasa por expedición de documentos y actividades administrativas. El ingreso deberá efectuarse en la cuenta abierta a nombre del Ayuntamiento en Ibercaja cuyo código es ES29-2085-0192-100330114875.
Los aspirantes extranjeros deberán aportar, en su caso, la documentación acreditativa de que concurren las circunstancias, previstas en el artículo 57 TREBEP, que les permiten participar en las pruebas. La documentación en idioma distinto del español deberá presentarse acompañada de su traducción jurada.
5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su instancia, pudiendo únicamente demandar su modifcación mediante escrito motivado dentro del plazo de presentación de instancias.

Cuarta.— Admisión de aspirantes.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará Decreto aprobando la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública en el BOPZ y en la página web municipal, y en la que se expresará el plazo de subsanación de errores que se
conceda a los aspirantes excluidos y el plazo de presentación de reclamaciones, así como, en su caso, el plazo para recusar a los miembros del Tribunal.
Concluido dicho plazo, la Alcaldía dictará Decreto en el que se aprobará la lista defnitiva de los aspirantes admitidos y excluidos, se resolverán las reclamaciones presentadas, se fjará el lugar, fecha y hora de reunión del Tribunal y se determinará, si no se hubiera hecho en el Decreto citado en el párrafo anterior, la composición del Tribunal. Este Decreto se hará público en el BOPZ y en la página web municipal y la publicación en el diario ofcial servirá para iniciar el cómputo de los plazos a efectos de impugnaciones o recursos.

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